Según la normativa tributaria vigente, existen ciertos casos en los cuales los contribuyentes pueden solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en las compras e importaciones; así como el retenido por los clientes. Entre los principales están:

Quienes paguen IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes, servicios o activos fijos empleados en la fabricación y comercialización de bienes exportados, tienen derecho a la devolución de este impuesto, sin intereses, en un plazo máximo de 90 días hábiles y se lo efectúa de forma mensual.

Quienes facturen paquetes de turismo receptivo a personas naturales o sociedades no residentes en Ecuador, tienen derecho a devolución del IVA pagado en las adquisiciones locales o importaciones de bienes, servicios activos o fijos. La devolución de este impuesto se lo efectúa en un plazo máximo de 90 días hábiles y se lo realiza de forma mensual.

Los valores retenidos por los clientes y que no han podido ser sujetos de compensación alguna, podrán ser objetos de devolución por parte del Servicio de Rentas Internas en un plazo de 90 días hábiles.

Nuestros servicios

Nos encargamos del proceso de devolución del IVA desde el análisis de información hasta la acreditación en cuenta o emisión de nota de créditos por parte de la Administración Tributaria.

Asesoramos e igualamos las solicitudes de devolución de IVA de su Compañía, ayudando a disminuir la carga laboral de su departamento tributario y/o contable.

Capacitamos a sus colaboradores sobre las nuevas reformas tributarias relacionadas con los procedimientos para devolución del Impuesto al Valor Agregado.

 

Acreditación en cuenta bancaria.
Nota de crédito desmaterializada, que puede ser negociada o utilizada en el pago de impuestos.

 

– Mejora la liquidez de su compañía.
Regularización de cuentas de activo, al convertir en efectivo los créditos tributarios acumulados en su empresa.
Verificación de la razonabilidad sobre los saldos presentados en las cuentas impositivas y los procedimientos tributarios para declaración de impuestos.

 

Más información:

Raúl Guerrero Weisson 
Telf.: 04 – 2925423 Ext 213